El próximo lunes 19 de octubre finaliza el plazo para
que las empresas que se encuentren en un ERTE (expediente de regulación
temporal de empleo) derivado de la COVID, y que no formen parte de las 42
actividades protegidas en la última prórroga de los ERTE pero que sí estén
vinculadas a su cadena de valor podrán solicitar ser declaradas parte de la
cadena de valor, con el objeto de poder beneficiarse de exoneraciones en
las cuotas
Los beneficios para estas
empresas que pueden demostrar su vinculación a algunas de actividades
protegidas tienen derecho a exoneraciones mensuales en las aportaciones
empresariales del 85% entre octubre y
enero si su empresa tiene menos de 50 empleados, y del 75% si tienen más de 50 trabajadores. Las exenciones se aplican
tanto a los trabajadores que se queden en el ERTE como a los que salen.
Aquellas empresas en las que
al menos el 50% de su facturación, durante 2019, se haya generado en
operaciones realizadas de forma directa con empresas incluidas en las 42
actividades recogidas en la lista de los códigos de la CNAE-09 referidos en la
norma, así como aquellas cuya actividad real dependa indirectamente de la
desarrollada efectivamente por las empresas incluidas en dichos códigos. Serán
consideradas integrantes de la cadena de
valor o dependientes indirectamente de aquellas. Y podrán acogerse así, a
los beneficios dictados en al norma.
Todas aquellas empresas que
cumplan estos requisitos deben solicitarlo ante la autoridad laboral
que hubiese dictado la resolución expresa o tácita del ERTE, acreditando
debidamente las circunstancias mencionadas, hasta el 19 de octubre. La
solicitud se acompañará de un "informe
o memoria explicativa de la concurrencia" entre la empresa solicitante y
aquellas empresas de los 42 códigos de los que depende parte de su facturación.
Y matiza que "en su caso, de la correspondiente documentación acreditativa"
La autoridad laboral dictará
en un plazo de cinco días a contar desde
la presentación de la solicitud -previa solicitud del informe de la
Inspección de Trabajo- y deberá limitarse a constatar la condición de empresa
integrante de la cadena de valor o la dependencia indirecta. Pasado dicho plazo
sin que haya recaído la resolución expresa, la empresa podrá entender por estimada la solicitud presentada por silencio administrativo.
El anexo del Real
Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, contempla todas las empresas
especialmente perjudicadas por la pandemia, como las relacionadas con el turismo
u ocio nocturno, en base al CNAE-09 a los que pertenecen las mismas.
ID
CNAE 09 |
CNAE-09
4 DÍGITOS |
0710 |
Extracción de minerales de
hierro. |
2051 |
Fabricación de explosivos. |
5813 |
Edición de periódicos. |
2441 |
Producción de metales
preciosos. |
7912 |
Actividades de los
operadores turísticos. |
7911 |
Actividades de las agencias
de viajes. |
5110 |
Transporte aéreo de
pasajeros. |
1820 |
Reproducción de soportes
grabados. |
5122 |
Transporte espacial. |
4624 |
Comercio al por mayor de
cueros y pieles. |
7735 |
Alquiler de medios de
transporte aéreo. |
7990 |
Otros servicios de reservas
y actividades relacionadas con los mismos. |
9004 |
Gestión de salas de
espectáculos. |
7729 |
Alquiler de otros efectos
personales y artículos de uso doméstico. |
9002 |
Actividades auxiliares a
las artes escénicas. |
4741 |
Comercio al por menor de
ordenadores, equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos
especializados. |
3220 |
Fabricación de instrumentos
musicales. |
3213 |
Fabricación de artículos de
bisutería y artículos similares. |
8230 |
Organización de
convenciones y ferias de muestras. |
7722 |
Alquiler de cintas de vídeo
y discos. |
5510 |
Hoteles y alojamientos
similares. |
3316 |
Reparación y mantenimiento
aeronáutico y espacial. |
1811 |
Artes gráficas y servicios
relacionados con las mismas. |
5520 |
Alojamientos turísticos y
otros alojamientos de corta estancia. |
4939 |
tipos de transporte
terrestre de pasajeros n.c.o.p. |
5030 |
Transporte de pasajeros por
vías navegables interiores. |
1812 |
Otras actividades de impresión
y artes gráficas. |
9001 |
Artes escénicas. |
5914 |
Actividades de exhibición
cinematográfica. |
1393 |
Fabricación de alfombras y
moquetas. |
8219 |
Actividades de fotocopiado,
preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina. |
9321 |
Actividades de los parques
de atracciones y los parques temáticos. |
2431 |
Estirado en frío. |
5223 |
Actividades anexas al
transporte aéreo. |
3212 |
Fabricación de artículos de
joyería y artículos similares. |
5590 |
Otros alojamientos. |
5010 |
Transporte marítimo de
pasajeros. |
7711 |
Alquiler de automóviles y
vehículos de motor ligeros. |
4932 |
Transporte por taxi. |
2670 |
Fabricación de instrumentos
de óptica y equipo fotográfico. |
9601 |
Lavado y limpieza de
prendas textiles y de piel. |
9329 |
Otras actividades
recreativas y de entretenimiento. |
No dude en ponerse en contacto con cualquiera de nuestros despachos para más información.
Enlace al BOE: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-11416
FUENTE: ADADE CENTRAL