El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha anunciado una medida estricta dirigida a los beneficiarios de la prestación por desempleo: aquellos que no acepten una oferta de trabajo adecuada o rechacen participar en cursos de formación pertinentes sin justificación válida enfrentarán la retirada de su prestación. Esta acción se considera una infracción grave de los compromisos adquiridos al solicitar la prestación.
Para tener derecho al paro, el solicitante debe estar inscrito en la Seguridad Social, haber cotizado durante un mínimo de un año en un periodo de seis años previos a la solicitud y estar registrado como demandante de empleo. Además, es esencial firmar un compromiso de actividad, cuya violación puede resultar en la pérdida de la prestación. Dicho compromiso implica aceptar colocaciones adecuadas y participar en acciones que aumenten sus posibilidades de colocación.
El SEPE recalca que los beneficiarios de la prestación por desempleo deben buscar activamente trabajo y aceptar empleos o formación que aumenten sus oportunidades de inserción laboral. El rechazo injustificado de una oferta laboral adecuada o de un curso de formación se castiga con la suspensión de la prestación durante tres meses en la primera ocasión, seis meses en la segunda, y con la cancelación total de la prestación en un tercer incumplimiento.
Las ofertas de empleo del SEPE deben cumplir ciertos criterios para considerarse adecuadas:
Además, se tomará en cuenta la duración y tipo de jornada del empleo ofrecido. Una oferta se considera adecuada si el salario corresponde al puesto de trabajo, independientemente de la cuantía de la prestación recibida por el trabajador.
La negativa a aceptar una oferta de empleo adecuada sin justificación razonable puede activar un procesosancionador, que puede llevar a la pérdida de la prestación. El SEPE aclara que, para la reincidencia, no es necesario que las infracciones sean del mismo tipo, y la escala de sanciones se aplicará desde la primera infracción grave, siempre que no haya transcurrido más de un año entre una infracción y la anterior.
FUENTE ADADE CENTRAL