Ayudas específicas para autónomos de la Comunidad de Madrid en 2019
11 de enero de 2019
Ayudas específicas para autónomos de la Comunidad de Madrid en 2019
Se aprueba un paquete de medidas para favorecer al colectivo.
La Comunidad de Madrid ha anunciado la aprobación de varias medidas para seguir “respaldando y potenciando” el trabajo autónomo en 2019. En total, se destinarán 10,5 millones de euros para los emprendedores de la región.
La principal medida que se tomará será la prolongación hasta los 24 meses de la tarifa plana de 50 euros en la cotización a la Seguridad Social. Esta medida estará dotada de 5 millones de euros, casi el 50% del total.
Así las cosas, cuando a los autónomos se les acabe la bonificación estatal a los doce meses, podrán solicitar esta prolongación que les será abonada en un único pago de forma anticipada.
En segundo lugar, los emprendedores que quieran poner en marcha un nuevo proyecto en 2019 contarán con una partida inicial de 4,5 millones de euros para dar continuidad a las ayudas que sufragan parte de los costes derivados de la puesta en marcha de la actividad empresarial. Unos gastos que en ocasiones puede ascender a los 4.580 euros, y que podrán ser repuestos hasta en un 80% con estas medidas, siempre que se justifiquen en tiempo y forma.
Las subvenciones oscilarán, de este modo, entre los 800 euros y los 3.500 euros, en el caso de menores de 30 años o de mujeres desempleadas, así como desempleados mayores de 45 años u otros colectivos prioritarios como los desempleados de larga duración, mujeres víctimas de violencia de género, personas discapacitadas o víctimas de terrorismo. “Adicionalmente, se podrán sumar hasta 1.500 euros adicionales para cubrir gastos de inmovilizado material e inmaterial”; señala el consistorio en un comunicado.
En tercer lugar, la Comunidad de Madrid ha asignado una partida de 1 millón de euros para financiar la mitad de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador autónomo o el 100 por ciento de la aportación del trabajador en las cotizaciones del Régimen General al incorporarse como socio trabajador o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales.