Gibraltar será paraíso fiscal para España a todos los efectos el día después del Brexit
1 de abril de 2019
Gibraltar será paraíso fiscal para España a todos los efectos el día después del Brexit
Hasta que se desarrolle y se apruebe en las Cortes el acuerdo firmado por el Gobierno sobre el Peñón, todas las exenciones y bonificaciones en el Impuesto de Sociedades desaparecerán para las empresas afectadas
Sea cuando sea, el día después del Brexit España considerará a Gibraltar como un paraíso fiscal a todos los efectos. Este estatus volverá a golpear con todo su impacto al salir el Peñón de la consideración de territorio comunitario. Si bien España ya considera a Gibraltar paraíso fiscal, al pertenecer a la Unión Europea se beneficia de numerosos guiños fiscales que gozan los países miembros, por lo que de facto no le aplica este trato. Al salir el Reino Unido de la UE, Gibraltar saldría de Europa a ojos de Hacienda y todas las bonificaciones de las que ahora se beneficia, desaparecerán.
Ello afectaría sobre todo a la factura fiscal a pagar de empresas afincadas en Gibraltar en dividendos, plusvalías y rentas de establecimientos permanentes, que ahora gozan de los parabienes propias de cualquier territorio de la UE.
Si bien el Gobierno aprobó la semana pasada en Consejo de Ministros un acuerdo sobre el estatus del Peñón negociado con Reino Unido, que permite que Gibraltar salga de la lista de paraísos fiscales, este pacto debe ser aprobado y ratificado por las Cortes. Algo que en plena parálisis política no ocurrirá en varios meses, lo que provoca que en este interludio, aumenten los impuestos a pagar.
El Ejecutivo aprobó en 1991 su lista de paraísos fiscales, pero a medida que ha ido firmando acuerdos de intercambio de datos fiscales y financieros como el que ha rubricado con Gibraltar, el número de países y territorios ha ido perdiendo peso.
«Gibraltar pasaría a tener la consideración de paraíso fiscal a todos los efectos, sin posibilidad de beneficiarse de las excepciones previstas para paraísos fiscales miembros de la unión Europea en determinados artículos de la Ley del impuesto de Sociedades (por ejemplo, exención de dividendos, plusvalías y rentas de establecimientos permanentes)», asegura el jefe de equipo regional de Inspección de la Agencia Tributaria e inspector de Hacienda, José Manuel Lizanda Cuevas, en un acto sobre las implicaciones del Brexit organizado por el un despacho de abogados junto a la Cámara Franco-Española.
De esta forma, la exención sobre dividendos por la transmisión de valores de fondos desaparece, pasando a pagar el gravamen correspondiente. También se desvanece la deducción por actividades de investigación y desarrollo o innovación tecnológica por actividades efectuadas en Reino Unido –a no ser que permanezca en el Espacio Económico Europeo–. Y se volatiliza además la reducción por rentas procedentes de determinados activos intangibles, como patentes, derechos de autor y propiedad intelectual.
Los traslados a Reino Unido pagarán el «exit tax»
Asimismo, la salida de Reino Unido también dará un vuelco a las reglas de juego fiscal con España. Será el caso del impuesto de salida o "exit tax" que grava el cambio de residencia a otro país de los que posean más de 4 millones de euros en acciones o participaciones, o bien más de un millón de euros en el caso de tener más de un 25% de una empresa. En los casos de transmisión de activos, el pago del impuesto se puede aplazar hasta que efectivamente se transfieran estas participaciones, y no cuando se salga del país, una ventaja para territorios comunitarios. En el momento en el que Reino Unido salga de la UE, esto ya no será así: se pagará en el momento.
Otro caso en el que aumentaría con fuerza la factura fiscal es el de los dividendos de participaciones inferiores al 10% en entidades británicas estarán exentos del Impuesto de Sociedades en España, pero podrán someterse a tipos que pueden bailar entre el 10 o el 15%, con un porcentaje que deberá aprobar Londres en su Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR), ha descrito Lizanda.