Solicitará reuniones con todos los grupos parlamentarios para intentar mejorar el sistema de reestructuraciones e insolvencias
El Registro de Economistas Forenses (REFOR) --órgano especializado en materia de reestructuraciones e insolvencias del Consejo General de Economistas-- ha expresado su decepción con el proyecto de Ley de Reforma Concursal, ya que consideran que el texto final "desoye" a los expertos, dejando desprotegidos a los acreedores y negando una auténtica segunda oportunidad a empresarios y particulares.
Los economistas han denunciado a través de un comunicado que el texto no recoge prácticamente ninguna de las aportaciones realizadas por los expertos durante la fase de audiencia pública previa a la aprobación del texto por el Consejo de Ministros.
Por ello, el Consejo General de Economistas solicitará reuniones con todos los grupos parlamentarios para intentar mejorar el sistema de reestructuraciones e insolvencias del país durante la tramitación parlamentaria de la reforma concursal, tras su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG).
Entre las principales críticas realizadas por los economistas al proyecto de ley se encuentran la "total falta de control" sobre el procedimiento para microempresas, la imposibilidad de acceso de las personas naturales, autónomos y empresarios a una verdadera segunda oportunidad, la indefinición de la nueva figura del experto en reestructuración o la inexistencia de disposiciones transitorias de cara a poder testar, antes de su aplicación en 2023, los procedimientos de microempresas.
Para el presidente de los economistas, Valentín Pich, conseguir una buena implementación será clave para hacer que la legislación de reestructuraciones e insolvencias española sea verdaderamente competitiva y puntera, y pueda dar estabilidad a la parte menos atractiva del mercado de capital, garantizando un marco jurídico definido para que los inversores continúen participando en el relanzamiento de la economía del país.
Para Pich, "algunos aspectos del proyecto de ley siguen una transposición de mínimos, en especial en la dificultad de pequeños emprendedores y personas físicas para acceder a una verdadera segunda oportunidad. Si bien, en líneas generales, ha afirmado que la percepción sobre el nuevo marco "es positiva".
En cuanto al crédito público, el REFOR estima que el nuevo texto parece reforzar su posición de privilegio en las distintas variables preconcursales y concursales. Con respecto a la exención en segunda oportunidad de 1.000 euros para las deudas con Hacienda Pública y Seguridad Social, respectivamente, los economistas consideran que esta cifra es "meramente testimonial, claramente insuficiente y muy limitada".
Segunda oportunidad
A la espera de un examen más exhaustivo de la norma, los expertos del REFOR han decido realizar unas primeras propuestas, que serán trasladadas a los diferentes grupos parlamentarios en los próximos días. Entre ellas, los economistas ven "necesario" recuperar la posibilidad real de acceso de las personas naturales a la segunda oportunidad.
Además, creen que sería conveniente que se testara y probara el conjunto de nuevos formularios concursales electrónicos previstos para el procedimiento especial para microempresas -que está pensado para el 90% de los posibles deudores insolventes- que todavía no se conocen. Así se evitarían, según los economistas, ineficiencias en su puesta en marcha que pueden colapsar su funcionamiento en un ámbito como es la Justicia todavía no suficientemente digitalizado.
De su lado, consideran que sería necesario incorporar medidas de garantía para los procedimientos de pre-pack que permitan a los acreedores y resto de interesados asegurar la corrección y supervisión del procedimiento de venta, así como conocer los valores reales de mercado de las empresas o unidades productivas que se van a transmitir. Para ello, resultaría imprescindible la designación de un experto en reestructuración en dichos procedimientos y la elaboración por éste de un informe de valoración, tal y como ya se exige en otros supuestos como la homologación de planes de reestructuración.
FUENTE: EL DERECHO.COM