La reciente publicación en el BOE de la Orden ECM/599/2025, de 10 de junio introduce modificaciones sustanciales a la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, que regula los criterios de valoración de inmuebles y determinados derechos reales para fines financieros. La nueva disposición normativa entrará en vigor a los dos meses de su publicación (12 de agosto de 2025).
Estas modificaciones responden a la necesidad de adaptar los procedimientos de tasación a las nuevas exigencias urbanísticas, ambientales y tecnológicas, reforzando la seguridad jurídica y la calidad técnica de los informes de valoración.
Uno de los cambios más significativos es la incorporación de nuevas figuras administrativas previas a la licencia de obras como base aceptada para obtener una tasación válida. Se trata de autorizaciones administrativas que permiten iniciar obras antes de obtener la licencia definitiva, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
Con esta modificación se da respuesta a situaciones frecuentes en el ámbito urbanístico, donde los plazos de tramitación de licencias son extensos y es necesario actuar con mayor agilidad jurídica y financiera.
Se introduce, por primera vez en esta normativa, el principio de sostenibilidad, que tiene como objetivo integrar en la valoración aquellos elementos relacionados con el impacto ambiental y la eficiencia energética del inmueble.
Este principio contempla:
Esta incorporación está alineada con los estándares europeos en materia de finanzas sostenibles y representa un avance importante hacia una valoración inmobiliaria más responsable y adaptada a los retos medioambientales actuales.
Como parte del enfoque sostenible, se establece la obligatoriedad de integrar el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) en la documentación de la tasación:
Es importante destacar que esta obligación no implica que las sociedades de tasación deban emitir dicho certificado, sino únicamente integrarlo en su análisis como parte del proceso documental.
Se introducen múltiples ajustes técnicos con el objetivo de mejorar la calidad, claridad y seguridad jurídica de los informes de tasación:
Se refuerzan los requisitos técnicos del método de comparación, el más común en valoraciones inmobiliarias:
Estas medidas buscan asegurar que el proceso de comparación sea riguroso y transparente.
La nueva orden establece por primera vez un marco legal para los métodos automatizados de valoración (AVM), especialmente para la actualización del valor de las garantías inmobiliarias, tal como prevé el Real Decreto-ley 24/2021. Aunque su desarrollo se completará mediante circular del Banco de España, la norma ya introduce principios básicos para su uso seguro y controlado.
Se actualiza el régimen de advertencias específicas en los informes de tasación:
Este cambio facilita una mayor proactividad y previsión en la gestión del riesgo inmobiliario por parte de las entidades financieras y aseguradoras.
La Orden ECM/599/2025 supone una revisión profunda y estratégica del marco normativo de la tasación inmobiliaria en España, adaptándolo a las nuevas exigencias urbanísticas, sostenibles y digitales. Las entidades financieras, tasadoras, aseguradoras y profesionales del derecho inmobiliario deberán revisar y actualizar sus protocolos internos, para cumplir con los nuevos requerimientos y aprovechar las oportunidades que brinda este nuevo marco legal.
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