El Tribunal Supremo ha emitido un recordatorio sobre las condiciones bajo las cuales las empresas pueden realizar registros en las pertenencias de sus empleados.
Esta directriz sigue los principios establecidos en el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores y se ha puesto el foco recientemente en una sentencia relacionada con un caso de despido disciplinario.
En un fallo reciente, el TS ha declarado nulo el despido de una trabajadora que fue registrada incorrectamente. El incidente ocurrió en un centro comercial, donde después de que sonara una alarma antihurtos, un vigilante de seguridad revisó el bolso de la trabajadora sin la presencia de un representante legal o de otro empleado, encontrando artículos no pagados.
El TS ha clarificado que el registro de pertenencias debe cumplir con las siguientes condiciones para ser considerado legal:
En este caso, la ausencia de un representante legal o de otro empleado durante el registro llevó a que la prueba obtenida fuera considerada inválida. Esto resultó en que el despido disciplinario fuera calificado como improcedente. Además, dado que la trabajadora estaba en una reducciónde jornada por cuidado de hijo, el despido fue declarado nulo, obligando a la empresa a readmitirla y pagar los salarios de tramitación.
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