Hasta el año 2017, los autónomo debía cotizar a la Seguridad Social por el mes completo en el que realizara su actividad, en todos los casos, aunque solo realizara su actividad profesional por días sueltos, con la aprobación de la ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, ésta situación cambió, al modificarse el artículo 45 del Reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.
La cotización por días no debería llevarnos a engaño, no consiste en que podamos cotizar como autónomos días sueltos, si fuera ese el caso, todo el mundo se daría de alta una vez al mes para presentar las facturas. ¿Qué es la cotización por días?
La cotización por días se refiere a que si el alta en autónomos se produce, por ejemplo, el día 15 del mes, en ese mes solo pagaremos por 15 días de cuota, y no el mes entero como venía siendo habitual hasta el cambio de normativa, si añadimos a ese ahorro la posibilidad de darse de alta y baja de autónomos hasta 3 veces en cada ejercicio, son dos medidas que unidas puede suponer un ahorro anual en la cuota de autónomos.