Es la nueva norma española de compliance tributario que ayudará a las organizaciones a prevenir y gestionar adecuadamente los riesgos tributarios, estableciendo los requisitos que deberán cumplir los elementos de un sistema de gestión en las organizaciones, así como las recomendaciones para adoptar, implementar, mantener y mejorar las políticas de compliance tributario dentro de la empresa, ha sido publicada por la UNE (Asociación Española de Normalización).
En el año 2015 la Agencia Tributaria aprobó el "Código de Buenas Prácticas Tributarias", era el comienzo de otro aspecto en la fiscalidad colaborativa que, permitía a las empresas un anexo explicativo de los criterios seguidos en sus declaraciones, a cambio de la ventaja de comunicarnos, previo a una inspección, cuales son los hechos que van a influir en la propuesta de regularización.
Posteriormente el 25 de mayo de 2018 entró en vigor la DAC 6, siguiendo el Plan de acción de la OCDE contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios a territorios con fiscalidades más beneficiosas, que imponía a los bancos, asesores fiscales, abogados y otras entidades de inversión especiales obligaciones de informar a la Agencia Tributaria sobre operaciones sospechosas.
Finalmente el 28 de febrero de 2019 se ha publicado la primera norma certificable en materia Tributaria, la UNE 19602.
Estos son algunos de los requisitos, la UNE 19602 establece que las organizaciones deben:
- Disponer de una política de compliance tributario aprobada por los órganos de gobierno que minimice la exposición a los riesgos tributarios.
- Formar y concienciar al personal de la organización respecto a los riesgos tributarios identificados.
- Establecer controles financieros y no financieros sobre sus procesos o incluso sobre otras entidades.
- Establecer canales de comunicación de incumplimientos o sospechas fundadas de incumplimientos de los requisitos, garantizando que el informante no sufrirá represalias.
Uno de los aspectos significativos de la Norma UNE 19602 es la especial relevancia del papel de la formación y concienciación en compliance, así como el canal de denuncias, previsto para las comunicaciones de incumplimientos e irregularidades, y el control de la información documentada.
Las empresas que cumplan todos los requisitos de la Norma UNE 19602 podrán obtener la correspondiente certificación por una entidad certificadora, mostrando la diligencia debida, la prevención de riesgos tributarios, la implementación eficaz del sistema de gestión, además del valor añadido de protección y cumplimiento normativo para la dirección, administradores, accionistas, inversores, clientes, etc... incrementando el nivel reputacional de la empresa.
El hecho de que haya un programa de compliance penal en la empresa evita que la persona jurídica sea autora del delito, pero debemos ir más allá. Con el programa de compliance tributario evitaría que la conducta de la empresa pueda calificarse como dolosa, y, en consecuencia, se lograría no solamente eliminar la responsabilidad penal de la persona jurídica, sino también la de sus administradores.
Sin embargo aún queda mucho por hacer, como la modificación de la Ley General Tributaria para regular las favorables consecuencias que tendrán las empresas que adopten un modelo de compliance y la esperada apuesta por la efectiva implantación de un modelo cooperativo entre Administración y contribuyentes.
FUENTE: ADADE CENTRAL
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