El TS ha emitido una sentencia que establece un criterio fundamental para las regularizaciones tributarias. La sentencia n.º 1007/2024, de 7 de junio, dicta que la Administración debe considerar todas las consecuencias derivadas de sus funciones de comprobación sobre ejercicios tributarios prescritos, independientemente de si son favorables o desfavorables para el contribuyente.
La sentencia aborda un tema crucial en las actuaciones de regularización tributaria: la consideración de todas las consecuencias de ejercicios prescritos durante las inspecciones fiscales. Este fallo sigue la línea de una doctrina previa del TS, reafirmando la necesidad de una regularización íntegra para garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias.
El TS subraya que la Administración debe proyectar sobre los ejercicios regularizados las consecuencias derivadas de la ausencia de ingresos que se hubieran contabilizado indebidamente en ejercicios prescritos. Este principio de regularización íntegra requiere que se consideren todos los componentes del tributo que se regulariza, tanto los perjudiciales como los beneficiosos para el contribuyente.
En particular, si una regularización afecta a las bases imponibles negativas debido a deducciones aplicadas incorrectamente en ejercicios prescritos, la Administración también debe considerar la ausencia de ingresos indebidos en esos mismos ejercicios. Esto asegura que el contribuyente quede indemne de los efectos colaterales de la regularización tributaria.
El TS argumenta que esta interpretación es necesaria para garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias y evitar situaciones de infraimposición o sobreimposición, que podrían perturbar principios estructurales como el de la capacidad económica, fundamento de un sistema tributario justo.
El fallo también se basa en principios generales del Derecho, como la justicia tributaria, la eficacia y economía procedimental, y la proporcionalidad en la aplicación del derecho tributario. La regularización íntegra se considera un principio esencial para evitar tanto la subimposición como la sobre sobreimposición, conforme al artículo 31 de la Constitución Española.
La sentencia del Tribunal Supremo refuerza la necesidad de una regularización tributaria completa y equitativa, considerando todos los efectos derivados de los ejercicios prescritos.
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