El Gobierno ha aprobado la
prórroga del plan 'MeCuida' hasta el 31 de enero de 2021, en el RD-L 28/2020, desvinculándolo
así, de la negociación para prolongar los Expedientes de Regulación Temporal de
Empleo en la que estaba inicialmente insertado.
“RD-L28/2020 …. La disposición adicional tercera prevé la
prórroga del artículo 6 del Real
Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, en el que se regula el Plan MECUIDA, que permanecerá vigente hasta el 31 de enero de 2021, de conformidad con lo
dispuesto en la disposición final décima del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de
marzo, y en el artículo 15 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de
medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.”
El plan 'MeCuida' que permite
a los trabajadores reducir la jornada laboral o adaptarla y distribuir el
tiempo de trabajo de otra forma a la habitual, el plan fue aprobado en marzo al
inicio de la crisis del Covid-19 y con vigencia hasta el pasado 22 de
septiembre, está dirigido a aquellos trabajadores que acrediten deberes
de cuidado del cónyuge o pareja y de familiares de hasta segundo grado de
consanguinidad para evitar la transmisión del covid-19, según recoge la actual
regulación.
Los trabajadores tienen
derecho a adaptar su jornada y/o reducirla cuando por consecuencia
directa del coronavirus, sea necesaria su presencia para atender cuidados por
razones de edad, enfermedad o discapacidad. Aquellos que reduzcan jornada
tendrán la consiguiente reducción en su salario y podrán incluso acogerse a una
reducción del 100%.
Para aquellos padres que
tengan que cuidar de sus hijos por encontrarse en cuarentena, aunque no estén
contagiados, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones está
estudiando una ampliación de la incapacidad temporal de la que se benefician
quienes se contagian o tienen que aislarse. Esta prestación que en
principio supondría el 75% de la base reguladora y la abonaría desde el primer
día la Seguridad Social.
Enlace al BOE: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11043
FUENTE: ADADE CENTRAL