El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, modifica el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, para permitir la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación. La entrada en vigor de esa previsión pasa del 1 de octubre de 2023 al 1 de enero de 2024. También se ha considerado necesario efectuar una serie de modificaciones puntuales en la posibilidad de suscribir un convenio especial para poder computar períodos de prácticas realizadas con anterioridad a esa fecha.
Dentro de las diversas medidas de carácter social y económico del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, junto a los nuevos permisos de conciliación, encontramos la modificación del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, en materia de inclusión en el sistema de la Seguridad Social de los alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.
La entrada
en vigor de esa previsión, inicialmente fijada para el 1 de octubre
de 2023, ha de demorarse hasta el 1 de enero de 2024, ya que «(...) las prácticas formativas, remuneradas o no, no se realizan
con carácter general al inicio de los cursos académicos sino en el segundo o
tercer trimestre de dichos cursos. La ampliación temporal de la vacatio legis
permitirá, además, facilitar los trabajos técnicos de adaptación de los centros
formativos y, en general, de quien deba asumir la condición de sujeto
responsable del cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social respecto a
quienes realicen las prácticas».
También se ha considerado necesario efectuar una serie de modificaciones
puntuales en la posibilidad de suscribir un convenio especial para
poder computar períodos de prácticas realizadas con anterioridad a su entrada
en vigor, ampliando el plazo del convenio de dos a cinco años, al objeto de
favorecer y dar seguridad jurídica.
Según el preámbulo del RD-ley 5/2023, de 28 de junio:
«A su vez,
los ajustes introducidos en relación con los alumnos que realicen prácticas
formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación,
también son urgentes. En este caso, en efecto, existe una situación sobrevenida
de urgencia que no era previsible y que consiste en que un número importante de
empresas, instituciones o entidades en las que se desarrollan las prácticas
formativas han expresado su voluntad de modificar los convenios o acuerdos de
cooperación con las universidades que regulan dichas prácticas para que sean
éstas las que asuman las obligaciones a la Seguridad Social que se contemplan
en la nueva normativa. Los efectos de esta situación serían especialmente
graves, ya no que no solo impedirían realizar dichas prácticas, sino también
que, en el caso de que fuesen curriculares, los estudiantes no pudiesen
finalizar sus estudios y obtener los títulos correspondientes. Resultaría,
pues, necesario revisar los convenios y acuerdos vigentes, lo que no será
posible en la fecha inicialmente señalada de 1 de octubre de 2023.
En cuanto a la ampliación del plazo de los convenios para el cómputo de las prácticas anteriores, debe adoptarse a la mayor brevedad, para dar seguridad jurídica al colectivo afectado, que quedó a su vez fuera de la protección de la normativa de Seguridad Social y que ha de ser amparado para que pueda ver colmadas sus expectativas de protección, en términos similares a los alumnos en la actualidad».
FUENTE: IBERLEY