La Campaña de Patrimonio 2024, que se desarrolla en paralelo a la Campaña de Renta, comenzó el 2 de abril y finalizará el 30 de junio de 2025. A pesar de su coincidencia temporal, suele recibir menos atención. Por ello, es fundamental identificar a los obligados a declarar, conocer las novedades normativas y entender el marco general de esta obligación tributaria.
Según el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio (LIP), están sujetos al impuesto:
Se considerarán situados en España, por ejemplo, los valores no negociados en mercados organizados cuando más del 50 % del activo de la entidad emisora esté constituido por bienes inmuebles en España.
Además, el artículo 37 de la LIP establece la obligación de declarar en los siguientes supuestos:
También se reconoce el derecho a optar por tributar en España por obligación personal a quienes dejaron de ser residentes durante los ejercicios 2008 a 2010, periodo en que se eliminó temporalmente el impuesto.
Los contribuyentes del IRPF que estén obligados a declarar por el IP deberán presentar también la declaración del IRPF, ya sea mediante borrador o modelo correspondiente.
A nivel sustantivo, las novedades más relevantes se concentran en el ámbito autonómico:
Mínimo exento
Escalas autonómicas
Bonificaciones autonómicas
La correcta identificación de las condiciones que obligan a declarar y la consideración de los cambios normativos son esenciales para cumplir con las obligaciones fiscales de forma precisa y sin contratiempos en esta Campaña de Patrimonio 2024.
ADADE Central