El Ministerio de Hacienda
centralizará la gestión de las reclamaciones por responsabilidad patrimonial
del Estado que interpongan los ciudadanos contra las actuaciones de los
distintos ministerios en la gestión de la pandemia "por razones de
eficacia" y para valorar de forma global su incidencia presupuestaria.
Así consta en 19 resoluciones
que publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE) en las que se
recogen los acuerdos de encomienda de gestión de estos expedientes que han
suscrito casi todos los ministerios del Gobierno con la Subsecretaría de
Hacienda, órgano que, a través de su Secretaría General Técnica, asumirá
durante un periodo de dos años a contar desde este jueves la gestión de las
reclamaciones por el Covid.
En todas estas resoluciones
se explica que "los precedentes de reclamaciones masivas por parte
de los ciudadanos" por la actuación de la Administración General del
Estado (AGE) y de las entidades que dependen de ella "han revelado la necesidad
de contar con una coordinación y seguimiento de dichos procedimientos de una
forma centralizada".
Se expone que esta cuestión
se ha puesto especialmente de manifiesto a raíz de la pandemia del coronavirus
y que ello "permitirá valorar de forma global la incidencia presupuestaria
y de gestión de los citados procedimientos".
El pasado mes de julio
Hacienda creó, dependiendo de su Secretaría General Técnica, una unidad de
seguimiento, coordinación y gestión de responsabilidad patrimonial en el ámbito
de la AGE y las entidades dependientes de ella para el estudio, informe,
coordinación y, en el caso de que le fuera encomendada, la gestión de los
procedimientos masivos de responsabilidad patrimonial.
Lo que hacen ahora los
Ministerios (sólo faltan por publicarse en el BOE los acuerdos de los
Ministerios de Interior y de Transportes) es firmar con la Subsecretaría de
Hacienda acuerdos de encomienda de gestión para que la Secretaría General
Técnica lleve a cabo la gestión material de la tramitación de los expedientes
de responsabilidad patrimonial de la AGE o del Estado legislador que se
interpongan por la gestión del Covid-19 como consecuencia de sus actuaciones,
alegando para ello "razones de eficacia".
De este modo, los Ministerios
remitirán a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda las
reclamaciones de responsabilidad patrimonial que reciban por la gestión del
Covid y la correspondiente documentación, "debidamente digitalizada".
A partir de ahí, Hacienda se
encargará de dar de alta el expediente en la base de datos; pedir informes al
servicio que haya ocasionado la presunta lesión indemnizable; otorgar, en su
caso, trámite de audiencia al interesado; elaborar la propuesta de resolución;
pedir dictamen al Consejo de Estado e informe a la Abogacía del Estado si es
preceptivo; tramitar la suspensión de los plazos para resolver en caso de que
sea necesario; elevar la propuesta de resolución a la consideración del
Ministerio afectado, y notificar la resolución a los interesados.
En el caso de que las
reclamaciones de responsabilidad patrimonial que se interpongan se basen en
normas con rango de ley declaradas inconstitucionales, la Subsecretaría de
Hacienda podrá realizadas todas las actuaciones necesarias para tramitar dichos
expedientes hasta la fase de elevación de la propuesta de resolución al Consejo
de Ministros.
Hacienda
tendrá que ser informada si se recurren las resoluciones
En el supuesto de que los
interesados presentaran un recurso de reposición a las resoluciones de reclamación
de responsabilidad patrimonial, los Ministerios también deberán remitir a
Hacienda toda la documentación correspondiente y, en su caso, informar de las
resoluciones judiciales que se deriven tanto de las reclamaciones como de los
recursos de reposición que se presenten.
Si este recurso de reposición
se dirige contra un acuerdo resolutorio de la reclamación adoptado por el
Consejo de Ministros, Hacienda también se encargará de las actividades
necesarias para su tramitación hasta que vuelva a elevarse una propuesta de
resolución al Consejo de Ministros.
Estos acuerdos de encomienda
de gestión, con vigencia de dos años, contarán con una comisión de seguimiento
y no suponen la cesión de la titularidad de la competencia del ministro
encomendante para la resolución de las reclamaciones y de los recursos que pudieran
presentarse.