Con las reformas del Código Penal de la última década, las personas jurídicas pasaron a tener una responsabilidad penal directa e independiente de la de sus administradores, directivos o trabajadores. Del mismo modo, la empresa matriz puede tener que responder por delitos cometidos en su filial si tiene un deber de control sobre lo que ocurra en sus actividades.
A partir de la necesidad de prevenir este tipo de acciones y no
enfrentar sanciones si ocurren, las empresas contratan a compañías como EQA,
que prestan servicios integrales de auditoría y evaluación de la conformidad de
sus modelos de ‘compliance’.
«En el año 2014, los estándares de ‘compliance’ parecían algo
anecdótico», dice Jorge González, ‘compliance manager’ de EQA.
Ahora, las compañías españolas tienen en su mano seis estándares publicados,
dos de los cuales son españoles (siendo el más importante el UNE 19601 de
‘compliance’ penal), y pueden esperar que se publiquen al menos ocho estándares
más de ‘compliance’ en los próximos tres años.
Estos estándares son el baremo por el cual EQA puede evaluar y
certificar el nivel y eficiencia de los departamentos de ‘compliance’ de las
empresas en la adecuada implementación de estos sistemas, así como sus buenas
prácticas. Si bien cumplir con estos modelos no es obligatorio bajo
ninguna normativa, González afirma que son las propias empresas las interesadas
tanto por el incentivo que implica la reforma del Código Penal de 2015 como
por sugerencia de sus propios clientes de contar con estas evaluaciones
externas.
«Nosotros auditamos y en, su caso, certificamos
periódicamente el sistema de ‘compliance’ de las empresas, a las que les
interesa esta práctica porque puede contribuir a eximirles de
responsabilidades si se judicializa un caso que involucre a la organización en
un delito», señala González, que destaca el impacto positivo que puede
tener la certificación acreditada en un procedimiento penal.
«La certificación acreditada de ‘compliance’ es una herramienta de
defensa útil en juicios, para las compañías y también para los
tribunales y la fiscalía», dice González. Si bien estas buenas prácticas
no condicionan a los tribunales ni a los fiscales de forma directa, los puede
ayudar a valorar un buen sistema de control de la empresa.
En algunos casos se han llegado a archivar causas contra algunas que
pudieron demostrar, entre otros aspectos, que estaban al día con los estándares
nacionales e internacionales. En otros escenarios, las personas jurídicas
imputadas buscan la certificación para cambiar a mejor y buscar la
atenuante.
Pero la autoridad de las compañías de certificación no aparece
espontáneamente; también tienen otra entidad que las avala, como lo es la ENAC
(Entidad Nacional de Acreditación), único organismo designado por el
Gobierno y dotado de potestades públicas conforme a la normativa de la UE que
impone reglas estrictas para los auditores y los supervisa, de tal manera que
su visto bueno tiene un peso para estas organizaciones que más tarde puede
traducirse en una mejor defensa para las empresas que optan por la
certificación acreditada.
Así, cada vez más empresas se deciden por contratar a EQA y a otras
compañías que ofrecen los mismos servicios, el último paso, normalmente tras un
proceso de asesoría y transición que puede durar dos años. González compara el
proceso con el examen para sacar el carné de conducir.
«Lo fundamental es tener y leer el estándar UNE, estudiar qué falta en la propia empresa e informarse sobre este mundo y no confiarse, sino aprender e informarse», afirma.